El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre una cuestión que en los últimos años ha generado debate: ¿puede un juez aumentar la indemnización por despido improcedente cuando las circunstancias del caso lo justifican? La respuesta, una vez más, es no. Según el alto tribunal, la indemnización prevista en el Estatuto de los Trabajadores es la que corresponde y no puede incrementarse por vía judicial.

¿Qué dice la ley española?

El artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores establece una indemnización tasada para los despidos improcedentes. Es una fórmula fija que se aplica igual para todos los trabajadores, sin valorar situaciones personales o daños adicionales. Algunos juristas y trabajadores han defendido que, en ciertos casos, esta cantidad puede resultar insuficiente, especialmente cuando el despido causa un perjuicio grave.

Sin embargo, el Supremo insiste en que los jueces no pueden modificar esa cuantía. La ley es clara y solo el legislador podría cambiarla.

¿Choca esto con las normas internacionales?

Una de las claves del debate es si esta limitación contradice normas internacionales como:

  • El Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
  • La Carta Social Europea revisada

Ambos documentos hablan de que la compensación por despido debe ser “adecuada”. Algunos han interpretado que esto permitiría aumentar la indemnización en España cuando la cantidad legal no cubre el daño real.

Pero el Tribunal Supremo rechaza esta idea. Explica que la expresión “indemnización adecuada” es demasiado genérica y no concreta cómo debe calcularse. Por eso, no puede aplicarse directamente en los tribunales sin una ley que la desarrolle. En otras palabras, son principios generales, no reglas que permitan modificar la indemnización española.

La seguridad jurídica como argumento central

El Supremo también recuerda que el Tribunal Constitucional ya ha avalado el sistema español de indemnización tasada. Considera que esta fórmula garantiza:

  • Seguridad jurídica, porque todos saben de antemano cuál será la compensación.
  • Igualdad, ya que todos los trabajadores reciben el mismo cálculo en caso de despido improcedente.

Para el alto tribunal, estas ventajas justifican mantener el modelo actual.

¿Y qué pasa con las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales?

En los últimos años, el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha emitido informes señalando que la indemnización española podría ser insuficiente en algunos casos. Esto generó expectativas entre trabajadores y abogados.

Pero el Supremo aclara que las decisiones del CEDS no son vinculantes. No tienen la fuerza de una sentencia y no obligan a los tribunales nacionales. De hecho, otros países como Francia e Italia ya han confirmado esta misma interpretación.

¿Qué significa esto para los trabajadores?

En la práctica, la sentencia del Tribunal Supremo reafirma que:

  • La indemnización por despido improcedente seguirá calculándose según la ley española.
  • Los jueces no pueden aumentarla aunque existan circunstancias especiales.
  • Las normas internacionales no obligan a cambiar este sistema.

El debate sobre si la indemnización debería ser más alta o más flexible continúa, pero cualquier cambio tendrá que venir del Parlamento

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